El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió la Resolución N.° 0626-2026-JNE, publicada este 10 de abril de 2026 en el diario oficial El Peruano, mediante la cual declaró infundado el recurso de apelación presentado por el alcalde de Arequipa, Víctor Hugo Rivera Chávez.
Con esta decisión, se ratifica lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de Arequipa 2, que concluyó que la autoridad vulneró el principio de neutralidad electoral durante las Elecciones Generales 2026. El caso se originó tras su participación en el recibimiento del candidato presidencial César Acuña Peralta en el aeropuerto Rodríguez Ballón, en un contexto de carácter proselitista.
El JNE determinó que el alcalde acudió al lugar en día y horario laboral sin sustento funcional, y que su intervención —incluido un saludo efusivo al candidato— no fue pasiva, sino que contribuyó a fortalecer la imagen política del postulante frente a los asistentes, generando influencia en la intención de voto.
Asimismo, el tribunal desestimó el argumento de que el burgomaestre se encontraba con licencia, al no existir un acuerdo de concejo que lo respalde. También se tomaron en cuenta factores como su vínculo con la agrupación política y el uso de símbolos municipales durante la actividad.
En ese sentido, el organismo concluyó que se configuró una infracción al deber de neutralidad del Estado, al evidenciarse una conducta orientada a favorecer a una opción política.
Finalmente, el expediente fue derivado al Jurado Electoral Especial de Arequipa 2 para que continúe con el procedimiento correspondiente, lo que podría derivar en acciones ante el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.
