La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional del Poder Judicial ordenó el archivo definitivo del proceso seguido contra el expresidente Martín Vizcarra por el presunto delito de colusión simple en el caso Lomas de Ilo, al determinar que la acusación del Ministerio Público se basaba en hechos ya juzgados. Con esta decisión, se descarta la posibilidad de un segundo juicio por el mismo caso.
El colegiado declaró fundada la excepción de litispendencia presentada por la defensa de Vizcarra y revocó una resolución previa que había rechazado dicho pedido. En su análisis, la sala precisó que mantener dos procesos penales por los mismos hechos vulnera el principio constitucional del ne bis in idem, que prohíbe juzgar dos veces a una persona por una misma conducta, sin importar la calificación jurídica utilizada.
Según la resolución judicial, la Fiscalía empleó el mismo relato fáctico para sustentar tanto la acusación por cohecho, por la que existe una sentencia no firme, como la imputación por colusión simple ahora archivada. Por ello, el tribunal dispuso el sobreseimiento y archivo definitivo del proceso, cerrando esta vía judicial contra el exmandatario en el caso Lomas de Ilo.
