La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el pedido de suspensión de la pena solicitado por la defensa de Martín Vizcarra, por lo que el exmandatario continuará cumpliendo la sentencia de 14 años de prisión impuesta en su contra por el delito de cohecho pasivo propio, mientras se resuelve la apelación presentada.
En su resolución, el colegiado señaló que la ejecución provisional de la condena es una medida necesaria, teniendo en cuenta la naturaleza del delito y la gravedad de la pena impuesta, descartando así que existan razones suficientes para variar la situación jurídica del sentenciado durante el proceso de apelación en curso.
Asimismo, la Tercera Sala Penal dispuso que el penal de Barbadillo deberá remitir informes cada 15 días sobre la condición y el estado de salud de Martín Vizcarra, como parte del control judicial mientras permanece recluido, en el marco de las medidas adoptadas por el Poder Judicial.
